Subvenciones a Entidades Locales destinadas a financiar servicios públicos en situación de mayor demanda estacional y en otras situaciones extraordinarias
Información general
Subvenciones a entidades locales destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
- Administraciones
Descripción
Es objeto de esta línea de subvenciones financiar actuaciones, ya realizadas o a realizar por los municipios y entidades locales autónomas, no encuadrados en el régimen de municipios de gran población, ante determinadas situaciones que se pueden producir en el ámbito local que puedan implicar una merma en la prestación y funcionamiento de los servicios públicos locales.
Las citadas actuaciones, entre otras situaciones, pueden venir derivadas de:
- Incrementos significativos, bien en el número de visitantes de la entidad local debido a la celebración de acontecimientos o actividades sociales, culturales, artísticas, deportivas, vacacionales o de otra índole, bien en su número de habitantes debido a determinadas situaciones laborales, estacionales, temporales o de otra naturaleza, que se puedan producir en el entorno local y que pueden implicar sobrecargas temporales en los servicios públicos locales.
- Crisis graves de naturaleza sanitaria, epidemiológicas o de otra índole, que decida el órgano de gobierno de la entidad local en ejercicio de su autogobierno, que impliquen la necesidad de tener que afrontar, para garantizar una adecuada respuesta a la población, determinados gastos extraordinarios para la entidad.
En cualquier caso, La finalidad será garantizar una adecuada prestación de los servicios públicos de competencia local. Las actuaciones podrán realizarse, bien a través de la contratación de recursos humanos, la adquisición de equipamiento, maquinaria, bienes de primera necesidad, o cualquier otra medida a realizar bien mediante el refuerzo de personal con medios propios o bien a través de cualquier otra actuación que la entidad local estime necesaria desarrollar a fin de completar o reforzar sus recursos ordinarios propios, con la finalidad primordial de dar una respuesta adecuada a la población ante la situación producida.
Cuantias de las ayudas: la ayuda podrá alcanzar el 100% del coste de la actividad subvencionada, si bien la cuantía máxima de la misma no podrá exceder del límite establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para los contratos menores (IVA incluido) en sus modalidades de servicio o suministro.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Requisitos
Entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
- Podrán solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que no estén encuadrados en el régimen de los municipios de gran población.
- Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
Los requisitos exigidos con carácter general en la legislación básica estatal y en la normativa andaluza de subvenciones, así como el artículo 3.3 del Texto articulado de las Bases Reguladoras, salvo las excepciones previstas en el apartado 4.d del Cuadro Resumen.
-Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud hasta la finalización del plazo de justificación.
La condición de municipio no encuadrado en el régimen de municipio de gran población deberá cumplirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- En atención a la singularidad de las subvenciones enmarcadas dentro del Plan de Cooperación Municipal y al tratarse de actuaciones, suministros y servicios que obligatoriamente deben prestar las entidades beneficiarias en favor de la ciudadanía, se exime a las Entidades Locales solicitantes de la obligación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como la de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de concesión: Todas.
Documentación
En primera instancia unicamente las entidades solicitantes deberán presentar la solicitud de subvención (Anexo I).
Solo se admitirá a trámite una solicitud por entidad local. Si una entidad, a lo largo del plazo de presentación, presentase más de una, unicamente se admitirá a trámite la última recibida. No obstante, se admitirá la incorporación de distintas actuaciones de la misma naturaleza en una misma solicitud. En caso de actuaciones diferenciables por su objeto o destino de gasto (corriente o de inversión), en la solicitud solo se podrá reflejar gastos de una misma naturaleza (o bien corriente o bien de inversión).
Posteriormente, durante el trámite de audiencia, las entidades locales deberán presentar junto al formulario Anexo II la siguiente documentación:
a) Certificación, según modelo que estará disponible en la Oficina Virtual de la Consejería que efectúe la convocatoria, suscrita por la persona titular de la Secretaría o Secretaría-Intervención de la Entidad local, con el Visto Bueno de la persona que ocupe la alcaldía o presidencia de la entidad, cuyo contenido acredite al menos lo siguiente:
- que la persona representante legal tiene poder suficiente para solicitar la subvención, indicando su cargo y la norma u acto que le atribuye tal poder;
- que la Entidad solicitante cumple con todos los requisitos legalmente exigidos para obtener la condición de beneficiaria de la subvención;
- que los servicios afectados por la situación generada son de competencia y titularidad municipal;
- que la Entidad Local no tiene la consideración de municipio de gran población, según los últimos datos de población publicados por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, en la fecha en la que finalizó el plazo para presentar las solicitudes.
b) Informe técnico, suscrito por personal competente de la entidad local con el visto bueno de la persona que ocupe la alcaldía o presidencia de la entidad o en su defecto suscrito por la persona que ocupe la alcaldía o presidencia de la corporación, explicativo de la situación que ha provocado o puede provocar la mayor necesidad de prestación de servicios públicos, las actuaciones que se han realizado o se tienen previsto realizar por la entidad local para garantizar o reforzar la prestación del servicio público local afectado, la conveniencia de realizar las actuaciones subvencionadas, la duración estimada de la situación que da origen a la mayor demanda de servicios públicos y, en su caso, la estimación del incremento de población experimentado por la entidad.
c)En el caso de no haber consentido la consulta de los datos de Identidad de la persona representante de la Entidad local a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad o en caso de imposibilidad para acceder a dicha consulta, una copia autenticada del Documento Nacional de Identidad de la misma.
d) En supuesto de pago previa justificación, la Entidad Local deberá presentar la documentación justificativa del gasto realizado de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras.
Plazo de Inicio
- 09/05/2022 08:00 horas - 31/05/2022 00:00 horas (desde las 8:00 horas del día siguiente a la publicación en el BOJA del extracto de la resolución previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta las 24:00 horas del día 31 de mayo de 2022)
Normativa
- Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se acuerda la redistribución del crédito disponible y se determina el crédito total de la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 29 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
- Resolución de 29 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
- Extracto de la Resolución de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otra situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
- Orden de 26 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
- Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del plan de cooperación municipal.
- Extracto de la Resolución de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal
- Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la redistribución del crédito disponible para la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada (Cód.: A01035380).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Huelva (Cód.: A01035393).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Jaén (Cód.: A01035397).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Málaga (Cód.: A01035401).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Sevilla (Cód.: A01035405).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba (Cód.: A01035374).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Almería (Cód.: A01035332).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Cádiz (Cód.: A01035359).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada (Cód.: A01035380).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Huelva (Cód.: A01035393).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Jaén (Cód.: A01035397).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Málaga (Cód.: A01035401).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Sevilla (Cód.: A01035405).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba (Cód.: A01035374).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Almería (Cód.: A01035332).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Cádiz (Cód.: A01035359).
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 5 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2023
Almería:07/03/2023. RESOLUCIÓN SUBVENCIONES CONCEDIDAS EN 2022
Huelva:
31/03/2023. Anuncio subvenciones concedidas. 2022
Jaén:
25/01/2023. Anuncio subvenciones concedidas
Málaga:
24/02/2023. Resolución de subvenciones concedidas. Año 2022
Sevilla:
31/01/2023. Anuncio subvenciones concedidas (línea REFEST 2022)
2022
Almería:03/02/2022. Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas
Cádiz:
20/12/2022. Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas
Granada:
16/12/2022. Anuncio por el que se da publicidad a la subvenciones concedidas
Huelva:
24/01/2022. Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas
Málaga:
16/03/2022. Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas
2021
Cádiz:02/12/2021. Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas
Granada:
17/12/2021. Resolución de concesión
Jaén:
29/12/2021. Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas
Sevilla:
16/12/2021. Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información pública:Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/215557.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
31/03/2023 Anuncio subvenciones concedidas. 2022 correspondiente a la provincia de Huelva
08/02/2022 Se ha publicado: Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Almería
24/01/2022 Se ha publicado: Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Huelva
07/03/2023 RESOLUCIÓN SUBVENCIONES CONCIDIDAS EN 2022 correspondiente a la provincia de Almería
27/02/2023 Resolución de subvenciones concedidas. Año 2022 correspondiente a la provincia de Málaga
29/12/2021 Se ha publicado: Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Jaén
02/12/2021 Se ha publicado: Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Cádiz
20/12/2022 Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Cádiz
31/01/2023 Anuncio subvenciones concedidas (línea REFEST 2022) correspondiente a la provincia de Sevilla
17/12/2021 Se ha publicado: Resolución de concesión correspondiente a la provincia de Granada
25/01/2023 Anuncio subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Jaén
07/03/2023 RESOLUCIÓN SUBVENCIONES CONCEDIDAS EN 2022 correspondiente a la provincia de Almería
16/12/2022 Anuncio por el que se da publicidad a la subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Granada
16/03/2022 Se ha publicado: Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Málaga
16/12/2021 Se ha publicado: Anuncio por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas correspondiente a la provincia de Sevilla