Bono Social Térmico
Información general
Bono Social Térmico
- Ciudadanía
Descripción
Con fecha 24 de julio de 2024, se ha publicado en BOJA el Anuncio de 15 de julio de 2024, del Director Gerente de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la resolución parcial de 12 de julio de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico de 2023.
Asimismo, la Agencia ha ampliado el plazo para la validación del Bono Social Térmico hasta el 16 de agosto de 2024, para que las personas titulares del Bono Social Térmico confirmen, modifiquen o completen la información necesaria para materializar el cobro de la ayuda, de conformidad con el artículo 9 de la Orden de 13 de julio de 2023, que regula la concesión, gestión y pago del Bono Social Térmico en Andalucía. Para ello, va a realizar una segunda notificación mediante el envio de una carta certificada a cada persona titular del bono que no haya validado la ayuda, para que aporte la información requerida. Para cualquier duda póngase en contacto a través del correo electrónico bonosocialtermico.assda@juntadeandalucia.es
El día 18 de marzo de 2024, se publicó en BOJA el Acuerdo de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, por el que se inicia el procedimiento relativo al pago del Bono Social Térmico a las personas titulares del mismo, correspondiente al ejercicio 2023,
Asimismo, se apruebó la relación de personas titulares del Bono Social Térmico correspondiente al ejercicio 2023, reconociendo el derecho que asiste a las mismas al cobro de la cuantía que se determina para cada una de ellas, y sin perjuicio del ejercicio del derecho a renunciar al mismo, conforme establece el artículo 6.1 de la citada Orden de 13 de julio de 2023. El citado anexo podrá ser objeto de consulta en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/
El 14 de mayo de 2024, se ha publicado en BOJA el Anuncio de 6 de mayo de 2024, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución parcial de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico, en cuyo anexo se recoge la relación de personas titulares del Bono Social Térmico del ejercicio 2023, que han confirmado, modificado o completado los datos necesarios para el pago, con indicación de la cuantía a percibir por cada una de ellas
El Bono Social Térmico consiste en una ayuda económica directa dirigida a compensar los gastos térmicos que las personas más vulnerables destinan a actividades que requieren energía calorífica como calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente cúal sea la fuente utilizada.
Serán personas titulares del Bono Social Térmico aquellas personas que sean beneficiarias del bono social de electricidad previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de septiembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre del año anterior.
Cada persona beneficiaria recibirá una carta en la que se le informará de la ayuda a económica que le corresponde, los pasos a seguir y los plazos para su realización. La persona beneficiaria recibirá el importe del Bono Social Térmico 2023 si era beneficiario y tenía vigente el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2022.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Renuncia al bono social térmico en Andalucía. Nº: 006156 (Obligatorio)
Requisitos
Ser beneficiario del Bono Social Eléctrico a fecha 31 de diciembre del año anterior
Toda la información para la tramitación de esta ayuda está disponible en el siguiente enlace:
Documentación
En el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del acuerdo de inicio, la persona interesada deberá completar, confirmar o modificar los datos disponibles en la Consejería competente para la tramtiación del Bono Social Térmico. En el mismo plazo, la persona interesada podrá ejercer su derecho a renunciar al Bono Social Térmico, mediante el anexo que se acompaña a la Orden de 13 de julio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se regula la concesión , gestión y pago del Bono Social Térmico en Andalucía, y que deberá dirigirse a la persona titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia en Andalucía. Finalizado el plazo anterior, la persona titular de la Dirección-Gerencia notificará a cada persona titular del bono que no haya actuado conforme a lo indicado en el artículo 8, requerimiento de cumplimentación de trámite para que en el plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente al de su notificación, aporte la información requerida.
Plazo de Inicio
- 19/03/2024 00:00 horas - 19/06/2024 23:59 horas (Plazo de tres meses, para confirmar o modificar los datos , o bien, ejercer su derecho a renunciar al Bono Social Térmico.)
Plazo de aportación de documentos
21/06/2024 - 16/08/2024
10 días hábiles desde la notificación de la carta para la aportación de documentación requerida
Normativa
- Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
- Real Decreto 391/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía para colaborar en la financiación de la tramitación de las ayudas derivadas del bono social térmico correspondiente al ejercicio 2020, con cargo al presupuesto del año 2021.
- Orden de 3 de marzo de 2021, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería
- Anuncio de 13 de abril de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la resolución por la que se aprueba el listado de personas potencialmente beneficiarias del bono social térmico correspondiente al ejercicio 2021 y se ordena el pago.
- Anuncio de 15 de noviembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, sobre notificación en el procedimiento para el pago del bono social térmico a las personas beneficiarias del mismo, correspondiente al ejercicio 2021.
- AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA. Anuncio de notificación de 15 de noviembre de 2022
- Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre, por el que se adoptan medidas de carácter extraordinario y urgente en materia de Renta Mínima de Inserción Social, bono social térmico y de simplificación de los procedimientos de expedición del título de familia numerosa y de atención a las personas con discapacidad en Andalucía.
- Orden de 13 de julio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se regula la concesión, gestión y pago del Bono Social Térmico en Andalucía.
- Anuncio de 4 de septiembre de 2023, del Director Gerente de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad al Acuerdo de 30 de agosto de 2023, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, por el que se inicia el procedimiento relativo al pago del bono social térmico a las personas titulares del mismo, correspondiente al ejercicio 2022.
- Anuncio de 12 de marzo de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad al Acuerdo de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, por el que se inicia el procedimiento relativo al pago del Bono Social Térmico a las personas titulares del mismo, correspondiente al ejercicio 2023.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección Gerencia (Cód.: A01014189).
- Dirección Gerencia (Cód.: A01014189).
- Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente (Cód.: A01025849).
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2024
18/01/2024. Anuncio de 11 de enero de 2024, del Director Gerente de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución parcial de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico de 2022.14/03/2024. Anuncio de 8 de marzo de 2024, del Director Gerente de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución final de 6 de marzo de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico de 2022.
14/05/2024. Anuncio de 6 de mayo de 2024, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución parcial de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico
24/07/2024. Anuncio de 15 de julio de 2024, del Director Gerente de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la resolución parcial de 12 de julio de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico de 2023
Información sobre el tratamiento de datos personales
Actividad de Tratamiento
ASSDA-BONO SOCIAL TÉRMICO
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en el siguiente enlace al Inventario de Actividades de Tratamiento de Portal web: BONO SOCIAL TÉRMICO
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/242393.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El Responsable del tratamiento de sus datos personales son:
- La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, cuya dirección es Calle Seda, Nave 5, Polígono Industrial Hytasa, 41006- Sevilla, https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia y cuyo correo electrónico es <direccion.gerencia.assda@juntadeandalucia.es>
- Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente. Avda. de Hytasa 14, CP 41071, Sevilla. dg.psybap.cisjufi@juntadeandalucia.es
Delegados de Protección de Datos
Podrá contactar con los Delegados de Protección de Datos en las siguientes direcciones electrónicas:
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía: dpd.assda@juntadeandalucia.es
Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente: dpd.cisjufi@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Gestión, tramitación y pago del Bono Social Térmico en Andalucía
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable. Ley 39/2015, de procedimiento administrativo.
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos. Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre, por el que se adoptan medidas de carácter extraordinario y urgente en materia de Renta Mínima de Inserción Social, bono social térmico y de simplificación de los procedimientos de expedición del título de familia numerosa y de atención a las personas con discapacidad en Andalucía. Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y protección de los consumidores. a la transición energética y protección de los consumidores.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
No se prevén cesiones de datos, salvo las derivadas de obligación legal.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación de la Junta de Andalucía, en la normativa judicial y en la legislación tributaria.
¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido? ?
El Bono Social Térmico no se solicita. En cada ejercicio serán beneficiarios del Bono Social Térmico aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad (descuento en la factura de la luz) a 31 de diciembre del año anterior.
Las comercializadoras de referencia son las encargadas de indicar si la persona es beneficiaria del Bono Social Eléctrico.
Los datos se obtienen directamente de las comercializadoras de referencia y en caso, de modificación de algún dato, por los propios beneficiarios de la ayuda.
Datos identificativos: Nombre y Apellidos, NIF, Dirección y Datos bancarios (IBAN).
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
18/03/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
22/08/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
14/05/2024 Anuncio de 6 de mayo de 2024, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución parcial de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico
06/08/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
10/07/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
10/07/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
18/03/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
18/03/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
18/03/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
23/07/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
23/07/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
18/03/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
18/03/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
24/07/2024 Anuncio de 15 de julio de 2024, del Director Gerente de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la resolución parcial de 12 de julio de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico de 2023
21/06/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
21/06/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
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