Programa Andalucía Activa para el fomento del empleo en el ámbito local.
Información general
Programa Andalucía Activa para el fomento del empleo en el ámbito local.
- Otras administraciones
Descripción
Las subvenciones para fomentar la inserción laboral de personas desempleadas en el ámbito local están diseñadas para ayudar a personas desempleadas a adquirir experiencia laboral. Este programa permite que ayuntamientos y entidades locales autónomas contraten a estas personas para trabajar en proyectos que beneficien a la comunidad. De esta manera, los desempleados ganan experiencia práctica en un entorno real, lo que aumenta sus posibilidades de encontrar empleo en el futuro, mientras que la comunidad se beneficia de los trabajos realizados.
En el programa Andalucía Activa las subvenciones a conceder podrán financiar las siguientes líneas:
a) Línea 1: Dirigida a ayuntamientos con hasta 50.000 habitantes, permite la contratación de personas de entre 18 y 35 años, así como de aquellos de 45 años o más. Esto ayuda a los jóvenes a adquirir experiencia y a los mayores a reintegrarse al mercado laboral.
b) Línea 2: Dirigida a ayuntamientos con más de 50.000 habitantes, está destinada a la contratación de personas de 45 años o más.
Ambas líneas tienen como objetivo mejorar la empleabilidad y ofrecer oportunidades laborales que beneficien a la comunidad.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
- Justificación: Enlace de acceso a la justificación
Formularios
- Anexo I. Solicitud. Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local (Programa Andalucía Activa). Nº: 008116 (Obligatorio)
- Anexo II. Índice de anexos a presentar. Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local (Programa Andalucía Activa). Nº: 008116/A01 (Obligatorio)
- Anexo III. Formulario de alegaciones/subsanación. Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local (Programa Andalucía Activa). Nº: 008116/A02 (Obligatorio)
- Anexo IV. Formulario de desistimiento de la solicitud/renuncia. Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local (Programa Andalucía Activa). Nº: 008116/A03 (Obligatorio)
- Anexo V. Comunicación de bajas, sustituciones y reincorporaciones. Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local (Programa Andalucía Activa). Nº: 008116/A04 (Obligatorio)
- Anexo VI. Justificación de la subvención. Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local (Programa Andalucía Activa). Nº: 008116/A05 (Obligatorio)
- Anexo VII. Formulario de recurso potestativo de reposición. Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local (Programa Andalucía Activa). Nº: 008116/A06 (Obligatorio)
Requisitos
Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
Artículo 4. Entidades beneficiarias.
1. Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en la Línea 1, los ayuntamientos de Andalucía de hasta 50.000 habitantes y sus entidades locales autónomas.
2. Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en la Línea 2, los ayuntamientos de Andalucía de más de 50.000 habitantes y sus entidades locales autónomas.
3. Las entidades beneficiarias deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, quedando exceptuadas de las prohibiciones contempladas en el artículo 13.2.e) y g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en virtud de las habilitaciones previstas en los mencionados preceptos.
4. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas entidades que hayan sido excluidas por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con los artículos 46 y 46 bis del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
5. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la justificación por parte de las entidades solicitantes de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de entidades beneficiarias se realizará mediante declaración responsable.
6. Las entidades beneficiarias de las subvenciones estarán sujetas a las obligaciones generales recogidas en los artículos 14.1 y 46.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y demás normas que resulten de aplicación.
7. Los ayuntamientos y las entidades locales autónomas, como entidades beneficiarias, deberán realizar el objeto de la subvención directamente. Las actuaciones reguladas en esta orden no podrán ser objeto de subcontratación.
Documentación
Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
Artículo 15. Documentación acreditativa.
Las entidades solicitantes deberán aportar, junto a la solicitud, la siguiente documentación:
a) Certificación emitida por quien ostente la competencia de fe pública, acreditativa de la condición de alcalde o alcaldesa, o persona que ostente la presidencia de la entidad local autónoma, o que actúe por delegación como representante legal de la misma. En este último caso, deberá aportar también la acreditación de la representación que ostenta.
b) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría donde conste el acuerdo de solicitar la subvención, adoptado por el órgano competente según su norma reguladora.
Plazo de Inicio
- 29/07/2024 00:00 horas - 16/09/2024 23:59 horas (El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y finalizará el 16 de septiembre de 2024.)
Normativa
- Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan, para el año 2024, las subvenciones reguladas en la Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
- Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
- Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581), Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, por delegación de la persona titular de la Consejería competente..
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. A contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/415891.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, cuya dirección es Calle Albert Einstein, 4 Edificio World Trade Center, Isla de la Cartuja, 41092, Sevilla; con dirección electrónica dgiece.ceeta@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ceeta@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación, gestión y justificación de las subvenciones dirigidas a las personas desempleadas, personas con discapacidad, personas en situación de riesgo o exclusión social, mujeres con baja cualificación, jóvenes y mayores de 45 años.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento se basa en el artículo. 6.1.c) RGPD "Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento", artículo 9.2 del RGPD, necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del derecho laboral y de la seguridad y protección social y la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
No están previstas cesiones de datos a terceros salvo comunicaciones por obligación legal.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. De igual modo también será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
¿Qué datos personales se tratan?
Datos identificativos y de contacto (Nombre y apellidos, documento acreditativo, dirección postal y electrónica, teléfono, fax, firma y sexo). Datos socioeconómicos, contratos de trabajo, titulación y formación.
La fuente de los datos que serán objeto de tratamiento se han obtenido directamente del interesado a traves de la solicitud realizada por el mismo.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
11/09/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Documentación
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Documentación
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Documentación
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos
29/07/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
26/07/2024 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Alegación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: URL - Alegación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Justificación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: URL - Justificación
26/07/2024 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud
26/07/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento