Premios "Juventud Andaluza"
Información general
Premios "Juventud Andaluza"
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Convocar los Premios Juventud Andaluza en su edición 2024, con la finalidad de distinguir y otorgar reconocimiento público a la labor desarrollada por personas jóvenes que, por su dedicación en su trabajo y su implicación personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad; así como a la labor y trayectoria de colectivos y entidades que, en sus respectivos ámbitos de actividad, realizan un trabajo o una actividad relevante que repercute de forma positiva en el desarrollo de la juventud de Andalucía.
Los Premios Juventud Andaluza constan de las siguientes modalidades:
a) Emprendimiento juvenil. Consta de 2 categorías:
- Emprendimiento Empezar. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad máxima de tres años y que destaquen por sus valores, originalidad, innovación y/o creatividad o contribución al incremento de la actividad económica.
- Emprendimiento Trayectoria. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad superior a tres años y con una trayectoria empresarial relevante.
b) Arte y Cultura. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área de las artes y la cultura, destaquen por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
c) Deporte. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área del deporte, destaquen por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
d) Ciencia e Investigación, Innovación y Tecnología. Reconocimiento a iniciativas o actuaciones desarrolladas por jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes en el ámbito de la ciencia e investigación, la innovación o la tecnología.
e) Respeto a la igualdad y a la diversidad sexual y/o de género. Reconocimiento a jóvenes, grupos de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que promuevan e impulsen la igualdad entre hombres y mujeres y/o el respeto a la diversidad sexual y/o de género.
f) Desarrollo Sostenible. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos de jóvenes y/o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes, capaces de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones, garantizando el equilibrio entre el crecimiento económico, el bienestar social y el respeto y cuidado del medio ambiente.
g) Promoción de la Inclusión Sociolaboral de personas jóvenes con discapacidad. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos de jóvenes y/o proyectos acometidos mayoritariamente por personas jóvenes que promocionen la inserción socio laboral de personas jóvenes con discapacidad, para que puedan alcanzar su máximo nivel de desarrollo personal y profesional.
Mención honorífica «Municipio Joven del año» al municipio que, a propuesta y juicio del jurado, haya destacado en la realización de programas y actuaciones en materia de juventud en los 12 meses anteriores a esta convocatoria.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Solicitud. Premios Juventud Andaluza. Nº: 007698 (Obligatorio)
Requisitos
- Los Premios Juventud Andaluza están dirigidos a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, a colectivos o entidades compuestas en su mayoría por personas jóvenes y, en la modalidad de Empleabilidad Juvenil, a entidades, empresas, organizaciones e instituciones, que destaquen en la consecución del objetivo previsto en el resuelve primero de la presente convocatoria.
- A los efectos de la presente resolución, con carácter general, se entiende por jóvenes a las personas con edades comprendidas entre catorce y treinta y cinco años, en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de las candidaturas.
- Podrán presentar la solicitud para su candidatura personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, así como grupos de jóvenes, colectivos, entidades, empresas, organizaciones e instituciones. Opcionalmente, las candidaturas podrán venir avaladas, mediante cartas de recomendación motivadas, por entidades públicas o privadas, entidades inscritas en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, por Administraciones Públicas y centros de enseñanza reglada, incluyendo Universidades.
- Cada candidatura sólo podrá ser presentada en una de las siete modalidades recogidas en el apartado tercero, subapartado 1, de esta resolución.
- Los ganadores de anteriores ediciones de los Premios Juventud Andaluza no podrán ser candidatos a ninguna de las modalidades de la presente convocatoria.
- No podrán optar a los premios aquellas personas físicas, empresas o entidades sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias, así como aquellas personas físicas o jurídicas cuyos fines, sistemas de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios a los principios de igualdad entre mujeres y hombres. Del mismo modo, no podrán optar a estos premios las personas que hayan sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
- Tampoco podrán optar a los premios las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los artículos 4 y 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Los requisitos de participación deberán mantenerse hasta la publicación de la concesión del premio. En caso de incumplimiento de los mismos se podrá realizar en cualquier momento la revocación del premio concedido.
Ver Resuelvos segundo, cuarto y noveno de la Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Juventud Andaluza en su edición 2024.
Documentación
1. Las candidaturas se formalizarán con la presentación de una solicitud conforme al modelo establecido en la convocatoria, dirigida a la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, donde constarán los datos de identificación y contacto de las personas, colectivos o instituciones solicitantes. En caso de menores de edad, la solicitud se suscribirá por su padre, madre o persona que ejerza su representación legal. Asimismo, en el supuesto de personas jurídicas, la solicitud deberá ser suscrita por su representante legal.
2. En dicha solicitud constará también, conforme al modelo establecido:
- Declaración previa donde se autoriza expresamente a que el Instituto Andaluz de la Juventud pueda utilizar, publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones que realice de carácter informativo o divulgativo, y tanto en medios de comunicación escritos en soporte físico, como en internet.
- Modalidad del Premios Juventud Andaluza por la que se opta (únicamente puede señalarse una modalidad).
- Memoria justificativa de la candidatura, donde se recogerá una presentación de la persona, colectivo, entidad o institución candidata. Se expondrá, en función de la modalidad a la que se presente, las principales actividades o proyectos desarrollados por el/la candidato/a. Podrá tener una extensión máxima de 4 páginas y se elaborará utilizando un lenguaje no sexista y no discriminatorio, evitando cualquier mención a estereotipos sexistas o sociales.
3. La documentación que deberá acompañar a la citada solicitud es la siguiente:
a) Copia del DNI/NIE de la persona física solicitante, en el supuesto de haber ejercido el derecho a oposición de la consulta de sus datos de identidad a través del Servicio de Verificación y consulta de Datos de Identidad.
b) En su caso, copia del número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
c) En su caso, documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o privada solicitante.
d) En el supuesto de que la persona solicitante sea una persona física, curriculum vitae de la misma.
e) Documentación gráfica o de otro tipo, necesaria para acreditar la veracidad de la información contenida en la memoria y/o que se considere pertinente en orden a valorar y acreditar los méritos reunidos. Podrá facilitarse un enlace para su descarga en caso de material cuyas características impidan anexarlo a la solicitud.
f) Opcionalmente, podrán adjuntarse a la solicitud cartas de recomendación motivadas, en el caso en que las candidaturas vengan avaladas por entidades públicas o privadas, entidades inscritas en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, por Administraciones Públicas y centros de enseñanza reglada, incluyendo Universidades.
Ver Resuelvo quinto de la Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Juventud Andaluza en su edición 2024.
Plazo de Inicio
- 14/05/2024 - 28/06/2024 (El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se publique la resolución de convocatoria en BOJA (13/05/2024). Dicho plazo se prorroga 15 días naturales BOJA (13/06/2024).)
Normativa
- Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se amplía el plazo de presentación de candidaturas a los Premios Juventud Andaluza 2024.
- Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Juventud Andaluza en su edición 2024.
Información adicional
Órganos responsables
- Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).
- Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).
- Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 4 Meses. El fallo del Jurado, se producirá en un plazo máximo de cuatro meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas, y se hará público mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166369.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
01/07/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
01/07/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
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