Fomento de la participación para federaciones provinciales de asociaciones del alumnado y de asociaciones del alumnado en Andalucía.

Información general

Título formal:

Fomento de la participación para federaciones provinciales de asociaciones del alumnado y de asociaciones del alumnado en Andalucía.

Código:
5457
Organismo:
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
19/03/2012

Descripción

Convocatoria, para el curso 2024/2025, de  las ayudas económicas destinadas a:

Línea 3. Fomento de la participación para federaciones provinciales de asociaciones del alumnado y de asociaciones del alumnado en Andalucía.

El objeto del procedimiento es convocar para el curso 2024/2025  las ayudas económicas destinadas al fomento de la participación para federaciones provinciales de asociaciones del alumnado y de asociaciones del alumnado en Andalucía. Los destinatarios son las Federeciones provinciales de asociaciones de alumando y asociaciones de alumando en Andalucía. Los fines son fomentar la participación de asociaciones de alumando de centros docentes sostenidos con fondos públicos.

La convocatoria de estas ayudas se regirá por la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Apartados 4, 22 y 23 de cada Cuadro Resumen de la Orden de 15 de abril de 2011.

Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de las actividades que éstas han sido subvencionadas por la Junta de Andalucía a traves de la Consejería competente en materia de educación.

En el caso de editarse materiales didácticos o publicitarios, e imputarse gastos de este tipo, deberá adjuntarse un ejemplar de los mismos en el que figurará inexcusablemente ls referencia de la financiación de la Junta de Andalucía.

Podrán solicitar las subvenciones las confederaciones de asociaciones del alumnado y las asociaciones del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.

Estar legalmente constituidas; tener caracter voluntario y sin ánimo de lucro; disponer de sede social o delegación permanente en la CCA; estar inscrita en el registro de Entidades colaboradoras de la enseñanza;

 

Según el Resuelvo Sexto de la Resolución de 13 de junio de 2024 :

Sexto. Requisitos.

1. Para solicitar estas subvenciones las entidades deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 3 de la Orden de 15 de abril de 2011.

2. A excepción de las entidades locales, las demás solicitantes deben estar inscritas en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, como establece el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, de conformidad con el artículo 180 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

Documentación

Artículo 10 del texto articulado, apartados 15 y 26 de cada Cuadro Resumen de la Orden de 15 de abril de 2011.

Presupuesto de la actividad

Aportación de justificante del gasto

Título, descripción y número de participantes a los que va destinado el programa; antecedentes; condiciones que justifican el nuevo programa o la continuidad del que se venía desarrollando; objetivos; descripcion y programacion temporal; asociación de participantes si la hubiera; indicadores de evaluación del programa.

Declaración responsable que contenga la identificación del solicitante, de que es sin fin de lucro, fecha de reunión donde se acuerda solicitar la subvención, compromiso de aportar la documentación requerida en fase posterior.

Según el Resuelvo Duodécimo de la Resolución de 13 de junio de 2024:

Duodécimo. Aportación de declaración responsable. 

En cumplimento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, cuya aplicación se regula a través de la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública, cuando las subvenciones se destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen contacto habitual con menores, será obligatorio por parte de la entidad solicitante de la subvención o ayuda, la aportación de declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales.

Plazo de Inicio

  • 21/06/2024 - 11/07/2024 (El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicación del Extracto en BOJA núm. 119, de 20 de junio de 2024))

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia
  • D. G. de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese dictado y notificado resolución expresa las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo según dispone el artículo 120.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

NOMBRE DE ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO:

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166725.html

Fomento de la participación para Federaciones Provinciales de Asociaciones del Alumnado y Asociaciones del Alumnado en Andalucía.

El responsable del tratamiento es Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional cuya dirección es C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja. 41092 - Sevilla y cuyo correo electrónico es dgoipee.cdefp@juntadeandalucia.es .

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja. 41092 - Sevilla o en el correo electrónico dpd.ced@juntadeandalucia.es .

FINALIDAD

Gestión de subvenciones en materia de equidad, participación, absentismo escolar y mediación intercultural.

Fomento de la participación de Federaciones Provinciales de Asociaciones del Alumnado y Asociaciones del Alumnado en Andalucía.

INTERESADOS: Solicitantes de los mismos.

DATOS PERSONALES:

* Datos identificativos (NIF/DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Tarjeta Sanitaria, Núm. SS/Mutualidad, Firma, Firma electrónica).
* De circunstancias personales.
* Académicos y profesionales.
* Económico-financieros.

CESIONES DE DATOS:

Los datos se cederán en aquellos casos en que la cesión resulte obligada por Ley o por una norma de la Unión Europea.
Con carácter particular se cederán cuando los requieran los Juzgados y Tribunales, el Ministerio Fiscal, la Cámara de Cuentas, el Tribunal de Cuentas y las Autoridades Tributarias.
También se podrán ceder a otras Administraciones u Organismos Públicos en los casos en que proceda para el cumplimiento por estos de un deber legal o si es necesaria para el ejercicio de las potestades conferidas.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES:

No se realizarán transferencias internacionales de datos.

PERIODO DE CONSERVACIÓN:

Los datos serán conservados durante el periodo de tiempo necesario para la gestión del procedimiento relativo a la convocatoria, selección, tramitación y concesión de la beca, premio o subvención correspondiente, así como aquel que sea necesario para las gestiones administrativas posteriores a su concesión para cerrar el expediente administrativo.

MEDIDAS DE SEGURIDAD:

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la Consejería.

BASE JURÍDICA:

Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de datos:
art. 6.1c): "el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento" y art. 6.1 e): "el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento".

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 20/06/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Última actualización: 11/07/2024
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