Complemento de Pensión para el Alquiler de Vivienda a Favor de Pensionistas de la Seguridad Social, en su modalidad No Contributiva
Información general
Complemento de Pensión para el Alquiler de Vivienda a Favor de Pensionistas de la Seguridad Social, en su modalidad No Contributiva
- Ciudadanía
Descripción
Complementar la cuantía de la PNC a aquellos pensionistas que viven en régimen de alquiler por no tener vivienda propia
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
Requisitos
Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda
Tener fijada su residencia habitual, en una vivienda alquilada con contrato de arrendamiento no inferior a un año y en la que ha residido en la misma durante los 180 dias inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado, ni constituir con aquel una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal
comunicar cualquier variación que se produzca en el transcurso de la tramitación de la solicitud del complemento de alquiler.
Carecer de vivienda en propiedad
Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva , en la fecha de la solicitud y en la fecha de la resolución.
Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la seguridad social en su modalidad no contributiva
Documentación
Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la seguridad social en su modalidad no contributiva
Plazo de Inicio
- 01/01/2023 - 31/12/2023 (Desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024)
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Almería (Cód.: A01035355).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Cádiz (Cód.: A01035364).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba (Cód.: A01035434).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada (Cód.: A01035454).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Huelva (Cód.: A01035460).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Jaén (Cód.: A01035466).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Málaga (Cód.: A01035475).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla (Cód.: A01035482).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Almería (Cód.: A01035355).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Cádiz (Cód.: A01035364).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba (Cód.: A01035434).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada (Cód.: A01035454).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Huelva (Cód.: A01035460).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Jaén (Cód.: A01035466).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Málaga (Cód.: A01035475).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla (Cód.: A01035482).
- D.G. de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones (Cód.: A01047752).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Novedades
14/08/2024 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
14/08/2024 Se ha modificado el campo: Órgano competente en la materia
14/08/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
05/07/2023 Se ha modificado el campo: Plazos