Normativa
La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, en su artículo 62 crea el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
El CAPM se configura como un órgano colegiado de participación de las organizaciones de mujeres en las políticas de igualdad de género de la Junta de Andalucía, con el objetivo de canalizar sus reivindicaciones, intereses y promoviendo su participación, adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de igualdad y funcionalmente al Instituto Andaluz de la Mujer.
Funciones
Representar los intereses de las organizaciones de mujeres andaluzas ante la Administración de la Junta de Andalucía.
Servir de cauce de participación activa de las organizaciones de mujeres de Andalucía.
Colaborar con la Consejería competente en materia de igualdad para el impulso y la promoción de la participación de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social.
Asesorar a la Consejería competente en materia de igualdad sobre las disposiciones de carácter general en materias de su competencia que hayan de ser sometidas a la aprobación del Consejo de Gobierno.
Canalizar las demandas de las mujeres andaluzas.
Difundir el valor de la igualdad en la sociedad andaluza, defender los derechos e intereses de las mujeres, así como fortalecer el movimiento asociativo y la coordinación entre las organizaciones de mujeres para la consecución de sus objetivos comunes.
Elaborar cuantos informes considere convenientes en orden a la mejora de la situación de la mujer andaluza y de la sensibilización social en esta materia.
Colaborar con los diferentes colectivos y organizaciones relacionados con la igualdad de oportunidades y fomentar la interrelación con los órganos locales de participación.
Velar por el incremento de la participación de las mujeres en los órganos de gobierno y en los procesos de toma de decisión.
Composición
El CAPM se compone por:
Una Presidencia: ejercida por la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
Vicepresidencia Primera está ocupada por la persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad.
Vicepresidencia Segunda fué elegida por y entre las personas que ocupan puesto en las vocalías del Consejo en representación de las organizaciones de mujeres.
Vicepresidencia Tercera está ocupada por la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.
Una Secretaría: está ocupada por una persona funcionaria que desempeña un puesto de Jefatura de Servicio, y su nombramiento se realizó por la persona que ostenta la Vicepresidencia primera del Consejo, a propuesta de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.
Veintiséis vocalías en representación de las organizaciones de mujeres.
Mandato finalizado, pendiente de convocatoria y resolución de elecciones CAPM 2024.
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