Denuncias y reclamaciones
En los casos en que considere que la prestación de un servicio turístico ha sido inadecuado o defectuoso, podrá presentar una denuncia o reclamación sobre el caso a través de los siguientes canales.
Denuncias en materia de Consumo
Para denuncias relacionadas con la lesión de derechos de las personas usuarias y consumidoras en las que se reclama mediación, arbitraje y/o reclamación de cantidades, encontrará toda la información en la Web “Consumoresponde.es”.
Las quejas y reclamaciones se podrán presentar mediante:
- El formulario modelo de hojas y reclamaciones electrónico. En los casos en que la empresa esté adherida al sistema Hoj@. Si dicha empresa no aparece en la base de datos que puede consultar en dicho enlace, debe utilizarse cualquiera de los medios que se indican a continuación
- El Formulario de Presentación Electrónica General
- La presentación presencial en cualquiera de la Oficinas de Registro de la Administración de la Junta de Andalucía, para lo que precisa solicitar cita previa
Denuncias por incumplimiento de la normativa en materia de turismo
Para denuncias relacionadas con la calidad de la prestación de un servicio turístico por incumplimiento de la normativa vigente, éstas se podrán presentar en las Delegaciones Territoriales de Turismo, Cultura y Deporte de la provincia donde radique el establecimiento.
El escrito de denuncia deberá contener la identificación de la persona denunciante así como los datos más precisos posibles sobre el servicio turístico y dirigirse a la Delegación Territorial.
- Puede presentarse en la propia Delegación, en otro organismo público o en una oficina de correos de acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Mediante el formulario de Presentación Electrónica General
La denuncia puede ser una de las vías que originen la iniciación de oficio de procedimiento sancionador, informándole que la presentación de aquélla no confiere, por sí sola, la condición de persona interesada en el procedimiento.
En el caso de apertura de expediente sancionador, el órgano competente para la incoación del procedimiento, con la excepción de lo especificado en el artículo 80.1 a) de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, es la Delegación Territorial de la provincia donde se halle el establecimiento reclamado.
Si la persona denunciante desea que la denunciada no conozca sus datos personales, puede hacerlo constar así en el escrito de denuncia, señalando que no consiente en la cesión a terceras personas interesadas de los datos personales que aparecen en la denuncia.