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Actuaciones

Actuación en el Orden Civil

En los procesos de incapacitación de personas afectadas por deficiencias físicas o psíquicas y puede llegar a solicitarla. Actúa en defensa de la legalidad y del interés público y social. Visita cualesquiera centros de internamiento.

En los procesos de nulidad matrimonial. Actúa en defensa de la legalidad y del interés público y social.

En los procesos matrimoniales de separación o divorcio cuando alguno de los interesados sea menor, esté incapacitado o esté en situación de ausencia legal.

En los procesos de determinación e impugnación de la filiación.

Actuación en el Orden Contencioso-Administrativo

Emite dictamen en las cuestiones de falta de jurisdicción o falta de competencia que se plantean ante los órganos jurisdiccionales de este orden.

Está legitimado para interponer los recursos en interés de ley.

Es parte en aquellos procedimientos en los que se invoca el  quebrantamiento de los derechos fundamentales

Actuación en el Orden Penal

En los procesos penales interviene en todas sus fases,  a excepción de aquellos por delitos y faltas exclusivamente perseguibles a instancia de parte.

Ejerce las acciones penales y civiles en los procesos penales, oponiéndose a las ejercitadas por otros cuando proceda.

Vela por la protección procesal de las víctimas y perjudicados, promoviendo la ejecución de los mecanismos de ayuda y asistencia.

Recibe denuncias. Puede practicar diligencias de investigación que pueden concluir con su remisión  a la autoridad judicial para la tramitación del procedimiento oportuno, o por su archivo, si no encuentra fundamentos para ejercitar acción alguna.

Visita de los centros de detención y penitenciarios. Interviene en los procedimientos en materia de Vigilancia Penitenciaria por quejas y recursos de quienes se encuentran sometidos a la ejecución de penas privativas de libertad.

Actuación en el Orden Social

Dictamina en las cuestiones de falta de jurisdicción o falta de competencia que se plantean ante los órganos jurisdiccionales de este orden.

En los procesos en que se invoca el  quebrantamiento de los derechos fundamentales y libertades públicas o un trato discriminatorio o el quebrantamiento de la libertad sindical.

En los procesos de impugnación de convenios colectivos

En los recursos de casación y en los que se tramitan para la unificación de doctrina.

En los procesos de impugnación de los Estatutos de los Sindicatos y de las Asociaciones empresariales.

Actuación ante el Tribunal Constitucional

Interviene en las cuestiones de inconstitucionalidad promovidas por Jueces y Tribunales.

Está legitimado para interponer recursos de amparo y es parte en todos los procedimientos de esa naturaleza en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley.

Actuación ante el Tribunal de Cuentas

Es oído por el Tribunal cuando ejerce su función fiscalizadora sobre el sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad, eficiencia y economía.

Interviene como demandante en los procedimientos en los que se exige responsabilidad contable.

Actuación en materia de Menores

REFORMA

Instruye los procedimientos, dirigiendo la investigación para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas. de los hechos. Se constituye en garante del respeto de los derechos fundamentales de los menores infractores y de las víctimas.

Solicita del Juez de Menores la adopción de medidas cautelares durante la tramitación del procedimiento. En la solicitud de medidas definitivas siempre actúa orientado a la satisfacción del interés superior del menor, velando por que se modifiquen o sustituyan, si es preciso, las impuestas en sentencia.


PROTECCIÓN

Informa a la Entidad Pública de Protección de Menores de cuantas situaciones tenga conocimiento cuando exista una menor en situación de riesgo o desamparo -entre otras las derivadas de delitos cometidos por menores de catorce años- para que se adopten las medidas legalmente previstas.

Puede promover ante el Juez la adopción de medidas en protección de menores o impugnar las adoptadas por la Administración, cuando considere que no se ajustan a su superior interés.

Conoce de las medidas (tutela automática, guarda, acogimiento) que las Entidades públicas competentes adopten para la protección de menores en situación de desamparo, e interviene en los procedimientos para su impugnación.

Ejerce acciones en tutela de los derechos fundamentales de los menores.