Recursos
Según las características del caso y la urgencia de este, se decide la acogida de la mujer en los siguientes recursos:
Centros de emergencia. Son centros en los que de manera temporal se presta atención integral y protección a las mujeres en situación de violencia de género y a los hijos e hijas que les acompañan, garantizándoles una acogida inmediata. En ellos se da cobertura a las necesidades de protección y seguridad.
Casas de Acogida. Son centros residenciales configurados por unidades independientes de alojamiento y espacios de uso común, permitiendo una atención integral con la suficiente autonomía para la familia.
En estos se ofrece acogida a las mujeres y las/os menores que las acompañan, en los que se ofrece protección y seguridad garantizándoles una atención integral a través de la programación de aquellas intervenciones sociales, psicológicas y jurídicas necesarias para que las mujeres sean capaces de superar la violencia padecida.
Pisos Tutelados.Son un servicio de viviendas unifamiliares independientes, cedidas temporalmente. Ubicadas en edificios y zonas normalizadas. Están destinadas a ofrecer una vivienda temporal a las mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos, hasta que dispongan de medios con los puedan vivir de forma autónoma. El acceso a este recurso se llevará a cabo después de haber pasado por una casa de acogida y si su situación así lo aconseja. En esta fase de actuación se continuará prestando un apoyo integral a la mujer y menores que le acompañan desde el equipo de profesionales de la Casa de Acogida.
¿Cómo acceder a estos recursos?
El acceso a estos centros se activa a través de:
Los Centros Provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer.
El teléfono de información gratuita 900 200 999, presta atención de manera urgente 24 horas/365 días del año.
Asimismo, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los Servicios Sociales y Sanitarios, los Juzgados, los Centros Municipales de Información a la Mujer (CMIM), los Puntos de Información a la Mujer (PIM) o cualquier otra institución que trabaje de manera directa o indirecta con mujeres víctimas de violencia de género podrán derivar los casos que atiendan a través de los Centros Provinciales de la Mujer y la línea 900 200 999 hacia los recursos de atención y acogida.Compromiso de Calidad
La normativa que regula el Servicio Integral de atención y acogida y que garantiza un servicio de calidad a las usuarias y personas dependientes a su cargo que se encuentran acogidas, es la siguiente:
Carta de Servicios del Servicio Integral de Atención y Acogida.